En el Derecho empresarial español, la formalización ante Notario es indispensable en todos los actos y negocios jurídicos relevantes de la vida de una sociedad. Y de esta manera, la constitución de una empresa, los cambios en su administración o en su estructura, como fusiones, escisiones, transformaciones … y todas las modificaciones de sus estatutos, cualquiera que sea el motivo, como cambios de domicilio y del objeto social, las ampliaciones y reducciones de capital, o su disolución y liquidación, que requieren su otorgamiento en escritura pública.
En la actualidad cobra una significación especial la constitución telemática de sociedades de responsabilidad limitada, estableciendo la ley de Emprendedores, unos trámites muy simplificados en función de si dicha sociedad utiliza o no en su constitución, estatutos tipo. Toda la documentación necesaria para la constitución y tramitación telemática de estas sociedades se realiza en las Notarías con unos costes reducidísimos y en un tiempo verdaderamente sorprendente.
En relación a ello, y con la finalidad de prestar un servicio integral, estamos pendientes de habilitar la Notaría Monedero-Madrid como punto PAE, ( Punto de Atención al Emprendedor) una vez se firman los pertinentes acuerdos entre la Administración y el Consejo Nacional del Notariado; ello permitirá de conformidad con la legislación vigente, facilitar de manera telemática, la creación de nuevas empresas, el inicio efectivo de su actividad, la tramitación completa de su documentación, así como el asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial.